Leyendo tu
nota en el blog, recordé que en Noviembre del 2008, fui invitado por “The Port
Authority of Jamaica” a ser parte de un panel de investigación en el caso de
una colisión entre la M/N “Nyala” y el muelle de Cementos Caribe en Kingston.
El capitán culpaba al práctico y el práctico por supuesto culpaba al capitán.
Esto era lo que se decía en la corte.
Capitán –
(Un robusto polaco de 61 años), “Yo nunca había estado en este puerto antes, tenía
que confiar plenamente en la maniobra del piloto”.
Práctico – (Jomo King, gran amigo, jamaiquino
100%), “el capitán entro en estado de pánico”.
Capitán – “Yo asumí que el piloto estaba haciendo maniobras de emergencia
para detener la nave”.
Mi conclusión: “Todos sabemos que el
capitán tiene la autoridad capital a bordo de la nave. De acuerdo a la OMI, él
puede DELEGAR parte de su autoridad
al práctico para que lleve la navegación de la nave a atracar, desatracar,
fondear, etc., el practico organizará los remolcadores así como las líneas de
atraque y remolque.
Entonces, “llevar la navegación de
la nave” no debe ser confundido con “estar al mando de la nave”. La primera se
refiere a una acción, a un servicio personal que se lleva a cabo, y la segunda
se refiere a poder. La cuestión sobre el práctico teniendo el control de la navegación
es una cuestión de hecho y no una cuestión legal.
Ahora, el proceso de DELEGAR puede ser causal de malos
entendidos; se recomienda fehacientemente una declaración clara y positiva de
la intención de entrega y/o recepción del
hecho de “llevar la navegación de la nave”.
En el caso del “NYALA”, la delegación
de autoridad no fue establecida de manera clara ni positiva. No hubo comunicación
efectiva, había confusión y ambigüedad. De ahí que la nave colisionara con el
muelle.”
Cuando una administración hace el servicio
de pilotaje obligatorio, los pilotos tienen responsabilidad legal. Por esa época,
el “Cosco Busan” colisionó con el “San Francisco Bay Bridge”, el práctico John
Joseph Cota fue condenado a 10 meses en una prisión federal. Y fue solamente 10
meses gracias al arreglo que hizo su abogado con la fiscalía. John Cota se
declaro culpable de “Negligencia que conllevo contaminación de la Bahía de San
Francisco”.
El caso del “NYALA” nunca llego a
juicio, los abogados de los prácticos arreglaron con los abogados de los
armadores, se pago lo que se tenía que pagar y todos contentos.
Capt. Jhonny
Pretell
Blog:
Pretell Maritime Affairs
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