Es conocida la diferencia entre accidente marítimo y hallazgo marítimo. Pero
el comportamiento de los interesados es por lo menos curioso. En el primero hay
que ser Sherlock Holmes para hallarlos y en el segundo, buscar que no sigan
apareciendo. Cuando el tanquero Prestige se partió y se fue a pique frente a
las costas de Finisterre en Noviembre del 2002, lo primero que nos enteramos
fue que tenía bandera de Bahamas y que la tripulación estaba compuesta por
griegos principalmente (lo más fácil). Luego de semanas de iniciado el juicio
salió a la luz que la clasificadora era ABS, con sede en US y que estaba
asegurado en UK por la London Steamship. Luego (lo más difícil) que el armador
era Mare Shipping con base en Liberia, el operador Universe Maritime de Grecia
y el dueño de la carga Crown Resources empresa Rusa con sede en Suiza. El
Fiscal del caso había comentado que había sido difícil encontrarlos -a estos
últimos- debido a la maraña de empresas y filiales creadas y que aún no estaban
seguros si eran a los que buscaban. Así de interesante se pone el tema cuando
hay accidentes. Muchas empresas, en muchos países, con diferente legislación. Los
hallazgos marítimos se refieren a cosas abandonadas en la mar o hundidas como
los pecios: “pedazo o fragmento de la nave que ha naufragado” (RAE). Y en tal
caso NO es que encuentras un barco flotando, lo abordas y es de tu propiedad.
Eso no existe. Los hallazgos tienen su propia complejidad sobre todo porque
todos reclaman intereses. El pecio se devuelve previo pago de los gastos y un
porcentaje del valor del mismo (Ley española de Salvamento y Hallazgos
marítimos). En tal sentido España reclama su propiedad (propietario
identificable). Colombia también pero basado en que se halló en sus aguas (no
dicen a qué distancia) y ahora aparece el Perú evaluando reclamar la propiedad
de la carga ya que el oro es (o era) nuestro (habrá que saber qué base legal tendrán).
En un accidente todos “zafan” en un hallazgo todos reclaman intereses. España arguye
que el San José llevaba su bandera y era barco de guerra (barco del estado) inmune
a los Convenios Internacionales; cosa difícil que verificar ya que en esa época
era común que la Corona recurra a privados para armar los barcos y la
separación entre barco mercante y de guerra era muy tenue aún. Colombia dice
que es su patrimonio (aunque no ha firmado la CONVEMAR, ha adoptado las mismas
denominaciones de sus espacios marítimos). Con el tiempo, no me sorprendería
que Bolivia también reclame aduciendo que la carga vino de las minas de Potosí.
Como el caso del Prestige esto tomará tiempo luego de definir qué jurisdicción
aplicar y la solución no pasará -al menos- por condenar a marinos estando sus
almas en las cubiertas del Galeón español, su última morada. Lo penoso sería
que hayan violado una tumba marina por el oro y no por interés científico y
cultural.
Capt. F.
Pretell/pretellmaritimeaffairs.blogspot.com
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